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Bormujos sancionará económicamente a los concejales que no asistan a los plenos o que sean expulsados por su actitud

“Las sanciones leves podrán alcanzar hasta los 750 euros, las graves los 1.500 euros y las muy graves los 3.000 euros”. Así lo ha comunicado el Ayuntamiento de Bormujos, que ha puesto en marcha una medida pionera para concienciar a sus representantes públicos de la responsabilidad que conlleva su labor municipal.

Con este medida el Consistorio pretende que los concejales o concejalas de todos los grupos den ejemplo “siendo ejemplares”. Por ello, ha aprobado un régimen sancionador a través de la modificación de su Reglamento de Organización Municipal, en el que aquellos concejales o concejalas que no respondan a sus obligaciones, verán reflejado un descenso de sus asignaciones.

El Ayuntamiento sigue explicando que “la medida afecta tanto a los ediles del Gobierno Municipal como a los de la oposición. Su objetivo es dar respuesta a la ciudadanía y exigir a los concejales el cumplimiento de sus deberes como representantes del pueblo, no sólo en lo referente a su asistencia sino a su comportamiento, alcanzando las sanciones muy graves hasta una cuantía de 3.000 euros”.

Así, el régimen sancionador fijado en el título VII del ROM, en su artículo 78 establecer que por “ausencias injustificadas a las sesiones de los órganos colegiados de los que los concejales o concejalas formen parte” serán amonestadas por escrito si se producen una primera vez y se considerarán infracción leve. Si ocurre dos veces será una infracción grave y se le impondrá una sanción de la reducción del 25% del importe correspondiente a dicha sesión. Si continúan de forma repetida las ausencias injustificadas, a partir de tres casos, se tipificará como sanción muy grave y la sanción alcanzará el 50% de la cuantía que se reciba por acudir a este órgano, incrementándose en un 5% a partir de la cuarta.

Además, si la actitud o comportamiento de los ediles en las sesiones plenarias derivan en una expulsión, “se ha fijado también en la primera ocasión como infracción leve con una sanción de la reducción del 50% del importe de la asistencia. Será infracción grave en caso de una segunda expulsión, con reducción del 75% y a partir de la tercera vez no recibirá retribución alguna por esa sesión”.

Las sanciones leves podrán alcanzar hasta los 750 euros, las graves los 1.500 euros y las muy graves los 3.000 euros

Por último, hay que añadir que el ROM establece que en supuesto de que se realice a un concejal tres llamadas de atención y posterior expulsión de las sesiones plenarias y sean constitutivas de algún delito tipificado en la Ley, la Presidencia podrá reservarse el derecho de emprender acciones legales contra los miembros de la Corporación lo hayan provocado.

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