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Valencina aprueba la revisión de oficio de la causa de la concejala no adscrita en el Pleno extraordinario

Al admitir el procedimiento de revisión a trámite, se solicitará el dictamen preceptivo al Consejo Consultivo

Redacción

El Ayuntamiento de Valencina ha celebrado esta mañana el Pleno extraordinario convocado para tratar la situación actual de la concejala no adscrita, Susana Martín del Río. La vía aprobada ha sido la revisión de oficio. Al admitir el procedimiento de revisión a trámite, se solicitará el dictamen preceptivo al Consejo Consultivo.

El alcalde de Valencina, Antonio Manuel Suárez, ha hecho referencia al informe que, con motivo de esta convocatoria de Pleno, elaboró la Secretaría General del Ayuntamiento; en él se afirma que “los actos que se revisarán no tuvieron su validez viciada ab initio, sino de forma sobrevenida, como consecuencia de la Sentencia dictada por el Tribunal Supremo en interés casacional”.

Respecto a la validez jurídica de los actos por los que se otorgaban cargos políticos a la concejal no adscrita, el citado informe de la Secretaría General sigue exponiendo, según subraya el alcalde de Valencina, que “el acto fue válido desde el momento en el que se dictó, produciendo efectos jurídicos, no habiéndose recurrido y adquiriendo por lo tanto firmeza”, concluye. Según explica Antonio Manuel Suárez, coincidiendo con el análisis recogido por la Secretaría General del Ayuntamiento, “consideramos que la elegida no es la vía procedimental correcta, al no estar los actos viciados de nulidad de pleno derecho”.

En relación al Fondo de la solicitud de revisión de oficio, tal como puso de manifiesto el Informe de Secretaría de 16 de diciembre de 2020, se considera que la mencionada revisión de oficio “no es el cauce formal adecuado para eliminar del ordenamiento los actos alegados tras la STS 3320/2020, de 26 de octubre de 2020, “ya que la misma tiene operatividad frente a actos que nacen viciados”.

Declaración de lesividad

De las diferentes opciones planteadas por la Secretaría General del Ayuntamiento para abordar la cuestión en torno a la concejala no adscrita, el alcalde de Valencina apuesta por la vía de la Declaración de lesividad. Teniendo en cuenta la infracción sobrevenida del ordenamiento jurídico ocasionada por la nueva interpretación del TS y los efectos ex nunc de la misma, “los actos por los que se otorgaron cargos políticos a Susana Martín del Río, están viciados de anulabilidad, siendo posible la declaración de lesividad de los mismos conforme al artículo 107 de la Ley 39/2015, para su posterior impugnación ante la vía contencioso administrativa”.

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